Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a las organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura, en el marco del FEMP.

Se trata de subvenciones destinadas a las organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura, en el marco del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a:
— Preparación y aplicación de los planes de producción y comercialización de las organizaciones de productores pesqueros (OPP) y en su caso, de las asociaciones de organizaciones de productores pesqueros (AOP), en el Principado de Asturias.
— Creación y reestructuración de las organizaciones de productores pesqueros (OPP), de las asociaciones de organizaciones de productores pesqueros (AOP) y creación de organizaciones interprofesionales del sector pesquero (OIP) con ámbito de actuación en el Principado de Asturias.
Las ayudas van dirigidas a la financiación de las siguientes actuaciones:
— La preparación de planes de producción y comercialización de las organizaciones de productores del sector de la pesca y de la acuicultura (OPP) y, en su caso, de las AOP.
— La aplicación del plan de producción y comercialización de las OPP y AOP.
— La preparación y elaboración del informe anual sobre planes de producción y comercialización aprobados.
— La creación y reestructuración de OPP, AOP y OIP.
Plazo de solicitud: Pendiente de convocatoria
Ámbito: ASTURIAS
Entidad Convocante:
Beneficiarios: Empresas en general
Temas: INDUSTRIA, INVERSION INFRAESTRUCTURAS, MAQUINARIA Y EQUIPAMIENTO
Necesidad de consorcio y número en su caso: No;
Tasa de cofinanciación: La convocatoria de las ayudas podrá fijar, además de la cuantía total máxima dentro de los créditos disponibles, una cuantía adicional cuya aplicación a la concesión de subvenciones no requerirá de una nueva convocatoria y estará condicionada a la previa declaración de disponibilidad del crédito derivada de la concurrencia de alguno de los supuestos previstos en el apartado 2 del artículo 58 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la Ley General de Subvenciones.
En la financiación de estas subvenciones participa la Unión Europea, a través del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca y la Administración del Principado de Asturias, siendo los porcentajes de cofinanciación del 75% y del 25%, respectivamente.
La intensidad máxima de la ayuda total recibida por la OPP o AOP por la preparación y aplicación de su plan de producción y comercialización (en adelante, PPYC) aprobado, no será superior al 90% de los gastos elegibles, según disponibilidades presupuestarias. El 10% restante será financiado con cargo a fondos propios de la entidad beneficiaria.
La intensidad de la ayuda pública para la creación de organizaciones profesionales será del 100%.
La ayuda máxima por organización profesional no podrá superar los 100.000,00 euros por año.
Fecha del registro: 24/02/2023
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