Subvenciones para la realización de actividades de prevención de riesgos laborales

Se trata de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la realización de actividades en el ámbito de la prevención de riesgos laborales.
Las líneas prioritarias de actuación a desarrollar serán las siguientes:
a. Mejorar la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales priorizando reducir los daños en la salud de las personas trabajadoras.
b. Gestionar los cambios derivados de las nuevas formas de organización del trabajo, los cambios demográfico y climático desde la óptica preventiva, priorizando anticiparse y gestionar los riesgos nuevos y emergentes.
c. Mejorar la gestión de la seguridad y salud en las pymes priorizando integrar la prevención de riesgos laborales en las pequeñas empresas promoviendo una mayor implicación de recursos propios.
d. Reforzar la protección de las personas trabajadoras en situación de mayor riesgo o vulnerabilidad.
e. Introducir la perspectiva de género en el ámbito de la seguridad y salud en el trabajo.
f. Fortalecer el Sistema Nacional de Seguridad y Salud para afrontar con éxito futuras crisis, a través de la mejora de la capacitación y formación en prevención de riesgos laborales, con especial atención a los recursos preventivos.
Plazo de solicitud: Pendiente de convocatoria
Ámbito: ESPAÑA
Entidad Convocante:
Beneficiarios: Asociaciones Sin animo de lucro, Empresas en general
Temas: SOCIAL, TALENTO Y FORMACION
Necesidad de consorcio y número en su caso: No;Sí
Tasa de cofinanciación: El presupuesto total de las ayudas es de: Pendiente convocatoria.
El 80% del presupuesto irá destinado a las acciones sectoriales, mientras que el 20% restante a acciones intersectoriales.
Para acciones intersectoriales se podrán presentar solicitudes de hasta un máximo de 500.000 euros.
En relación con los gastos objeto de financiación:
a. El gasto derivado del informe de un auditor de cuentas tendrá un límite de hasta un 5% de la subvención concedida.
b. Las retribuciones del personal interno que realiza la acción, atenderán a las siguientes tarifas:
• 54 euros/hora para el puesto de director/a.
• 39 euros/hora para el puesto de coordinador/a.
• 35 euros/hora para el personal que desarrolla funciones de Técnico/a Superior (Licenciado/a o Ingeniero/a), incluidos los/as Técnicos/as Superiores en prevención de riesgos laborales y otro personal incluido en el grupo 1 de cotización a la Seguridad Social.
• 31 euros/hora para los Ingenieros/as Técnicos/as, Personal Técnico de Apoyo, Técnicos/as en prevención de riesgos laborales que desarrollan funciones de Nivel Intermedio, Técnicos/as de Gestión de Proyectos, Personal Informático, Personal Administrativo Cualificado o Especialista Administrativo y otro personal incluido en los grupos 2 y 3 de cotización a la Seguridad Social.
• 29 euros/hora para el personal que desarrolla funciones administrativas y técnicas auxiliares, Visitadores/as, Técnicos en prevención de riesgos laborales de nivel básico y otro personal incluido en los grupos 4 a 8 de cotización a la Seguridad Social.
• 28 euros/hora para el personal Auxiliar, Oficiales Administrativos de segunda y tercera y otro personal incluido en los grupos 9 y 10 de cotización a la Seguridad Social.
Dichas cantidades subvencionables se incrementarán en un 33%, en concepto de cotizaciones a la Seguridad Social.
c. Los costes indirectos no podrán superar el 10% del presupuesto sobre retribuciones del personal interno que realiza la acción.
d. El importe acumulado de la totalidad de la subcontratación no podrá superar el 50% de la cuantía de la asignación, quedando prohibidas sucesivas subcontrataciones.
Fecha del registro: 25/07/2023
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