Ayudas a actuaciones de fortalecimiento industrial del sector agroalimentario: PERTE AGROALIMENTARIO

Se trata de subvenciones destinadas a promover e incentivar a actuaciones de fortalecimiento industrial del sector agroalimentario dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica para la modernización y diversificación del sector agroalimentario (PERTE Agroalimentario).

Dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Componente 12, Inversión 2. C12-I02.
Plazo de solicitud: 15/03/2023
Ámbito: ESPAÑA
Entidad Convocante:
Beneficiarios: Empresas en general
Temas: COMERCIO, DINAMIZACIÓN, MAQUINARIA Y EQUIPAMIENTO
Necesidad de consorcio y número en su caso: No;
Tasa de cofinanciación: El PERTE Agroalimentario está dotado con 510 millones de euros para el periodo 2022-2023.

El presupuesto financiable mínimo será de 10 millones de euros por proyecto tractor.
Se aplican los siguientes límites máximos a la cuantía de las ayudas concedidas:
a) Para los proyectos predominantemente de investigación industrial, 20.000.000 de euros por entidad y proyecto primario. Si se trata de un proyecto Eureka o de un proyecto ejecutado por una entidad común, establecida sobre la base del artículo 185 o del artículo 187 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, este límite será de 40.000.000 euros por entidad y proyecto.
b) Para los proyectos predominantemente de desarrollo experimental, 15.000.000 de euros por entidad y proyecto primario. Si se trata de un proyecto Eureka o de un proyecto ejecutado por una entidad común, establecida sobre la base del artículo 185 o del artículo 187 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, este límite será de 30.000.000 euros por entidad y proyecto.
c) Para los proyectos de innovación en materia de organización y procesos, 7.500.000 euros por entidad y proyecto primario.
d) Para los proyectos de protección del medio ambiente, 15.000.000 de euros por entidad y proyecto primario.
e) Para los proyectos de eficiencia energética, 15.000.000 de euros por entidad y proyecto primario.
f) Para cada proyecto tractor, un mínimo del 30 por ciento de la ayuda total concedida deberá beneficiar a PYMES. Para el cálculo del beneficio total concedido se tendrá en cuenta tanto la ayuda total concedida directamente a las PYMES que pertenezcan a la agrupación, como la ayuda que beneficie a la PYMES no incluidas en la agrupación y sean subcontratadas por ésta para la ejecución de los proyectos primarios integrados en el proyecto tractor. En este último caso, el cálculo se realizará multiplicando el importe contratado con PYMES en cada proyecto primario por la intensidad de ayuda equivalente recibida en dicho proyecto primario.
g) El importe máximo de ayuda para un mismo grupo empresarial en el conjunto de proyectos primarios y tractores en el que participe, no podrá superar el 15% del presupuesto total establecido en cada una de las convocatorias.
Fecha del registro: 03/08/2022
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