Ayudas a la inversión en la repotenciación de instalaciones eólicas, en la renovación tecnológica y medioambiental de minicentrales hidroeléctricas de hasta 10 MW y en instalaciones innovadoras de reciclaje de palas de aerogeneradores

Son ayudas destinadas a proyectos de inversión en la repotenciación de instalaciones eólicas, en la renovación tecnológica y medioambiental de minicentrales hidroeléctricas de hasta 10 MW y en instalaciones innovadoras de reciclaje de palas de aerogeneradores. Los programas en los que se organizan las actividades son los siguientes:
– Programa 1: Repotenciación de instalaciones eólicas. La denominación de dichas instalaciones a efectos de las bases reguladoras será «instalación de generación». Las actuaciones del Programa 1 podrán incluir la adición de almacenamiento hibridado.
– Programa 2: Renovación tecnológica y medioambiental de minicentrales hidroeléctricas de hasta 10 MW. La denominación de dichas instalaciones a efectos de las bases reguladoras será «instalación de generación». Las actuaciones del Programa 2 podrán incluir la adición de almacenamiento hibridado.
– Programa 3: Instalaciones innovadoras de reciclaje de palas de aerogeneradores. La denominación de dichas instalaciones a efectos de las bases reguladoras será «instalación de reciclaje».
Se trata de subvenciones destinadas a contribuir al cumplimiento de los objetivos correspondientes a la inversión 1 del Componente 7 (instalaciones de generación de los Programas 1 y 2) y a la inversión 1 del Componente 8 (instalaciones de almacenamiento) del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como al cumplimiento de los objetivos energéticos establecidos en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) 2021-2030 y a la «descarbonización» mediante el fomento de las inversiones en infraestructuras verdes, de manera que se transite desde las energías fósiles hasta un sistema energético limpio, en consonancia con ambos planes. Adicionalmente y, de manera transversal, el programa 3 favorece el cumplimiento del PERTE de Economía Circular.
Plazo de solicitud: Pendiente de convocatoria
Ámbito: ESPAÑA
Entidad Convocante:
Beneficiarios: Administracion local, Centros tecnológicos y universidades, Empresas en general, Empresas y entidades del sector público
Temas: ECONOMIA CIRCULAR, EFICIENCIA ENERGÉTICA, SOSTENIBILIDAD
Necesidad de consorcio y número en su caso: No;
Tasa de cofinanciación: A los efectos del cálculo de la ayuda, a cada tipología de actuación se le asignará un coste subvencionable máximo. Dicha cuantía de la ayuda máxima otorgable será la suma de la Ayuda Base y la Ayuda Adicional que pudiera corresponder en cada caso, conforme se establece en los apartados siguientes y, en cualquier caso, dicho importe estará sometido a los límites que establezca la normativa comunitaria aplicable de ayudas de estado.
a) Ayuda base. Se establece como un porcentaje del coste subvencionable del proyecto y, en su caso, de la instalación de almacenamiento en los Programas 1 y 2.
b) Ayuda adicional. La ayuda base podría complementarse con una ayuda adicional, ante el cumplimiento de determinadas condiciones que se especificasen en las convocatorias
Las intensidades de ayuda máxima serán:
• Programas 1 y 2: Hasta el 35 % del coste subvencionable del proyecto, calculado sin incluir la instalación de almacenamiento, y hasta el 40% del coste subvencionable de la instalación de almacenamiento, en ayudas concedidas a beneficiarios catalogados como «Gran Empresa». La intensidad de ayuda podrá incrementarse en 20 puntos porcentuales en el caso de las ayudas concedidas a «Pequeñas empresas» y en 10 puntos porcentuales si las ayudas van destinadas a «Medianas empresas».
•  Programa 3: Hasta el 30 % del coste subvencionable del proyecto en ayudas concedidas a beneficiarios catalogados como «Gran Empresa». La intensidad de ayuda podrá incrementarse en 20 puntos porcentuales en el caso de las ayudas concedidas a «Pequeñas empresas» y en 10 puntos porcentuales si las ayudas van destinadas a «Medianas empresas».
• Ayuda adicional: La intensidad de ayuda base definida para los programas 1, 2 y 3 se podrá incrementar en 5 puntos porcentuales de ayuda adicional cuando la actuación se sitúe en islas y/o en municipios de hasta 5.000 habitantes, o municipios no urbanos de hasta 20.000 habitantes cuyos núcleos tengan una población menor o igual a 5.000 habitantes y/o en municipios incluidos en los Convenios de Transición Justa.
Fecha del registro: 10/11/2022
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