Ayudas del Programa Castilla-La Mancha Más Segura

El objeto de estas ayudas es convocar las ayudas del Programa Castilla-La Mancha Más Segura, para el ejercicio 2023, con las siguientes líneas de actuación:
Línea 1 Inversión PRL. Esta línea tiene por objeto promover la realización de proyectos de inversión en instalaciones y equipos que mejoren las condiciones de seguridad y salud de los centros de trabajo, incluidos los proyectos de prevención y protección frente al riesgo biológico de contagio por COVID-19.
Línea 2 Certifica PRL. Esta línea tiene por objeto promover la implantación y certificación de sistemas de gestión de la seguridad y salud en el trabajo, así como la renovación de esta certificación.
Línea 3 Evaluación PRL. Esta línea tiene por objeto facilitar la evaluación de los riesgos derivados de la exposición por inhalación a agentes químicos peligrosos, que incluyan la medición de las concentraciones del agente en el aire.
Línea 4 Investigación PRL. Esta línea tiene por objeto promover el desarrollo de proyectos de investigación orientados a la mejora de las condiciones de seguridad y salud Laboral.
La finalidad de este programa consiste en promover e impulsar la cultura de prevención de riesgos laborales en el tejido empresarial de la región, a través de proyectos de mejora en prevención de riesgos laborales.
Plazo de solicitud: 23/04/2023
Ámbito: Castilla La Mancha
Entidad Convocante:
Beneficiarios: Asociaciones sin ánimo de lucro, Empresas en general
Temas: I+D, INVERSION INFRAESTRUCTURAS, MAQUINARIA Y EQUIPAMIENTO, TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Necesidad de consorcio y número en su caso: No;
Tasa de cofinanciación: El presupuesto de las ayudas es de 2.081.003,54 euros.
Para todas las líneas de ayuda, la cuantía de la subvención será el 50% del coste de las inversiones o actuaciones subvencionables, siendo las cuantías máximas y los gastos mínimos subvencionables para cada una de las líneas de ayuda, los siguientes:
• Para la Línea 1, la cuantía subvencionable en ningún caso puede superar los 25.000,00 euros, por entidad beneficiaria y el gasto mínimo subvencionable será de 500,00 euros.
• Para la Línea 2, la cuantía subvencionable en ningún caso puede superar los 5.000,00 euros, por entidad beneficiaria y el gasto mínimo subvencionable será de 1.000,00 euros.
• Para la Línea 3, la cuantía subvencionable en ningún caso puede superar los 3.000,00 euros, por entidad beneficiaria y el gasto mínimo subvencionable será de 200,00 euros.
• Para la Línea 4, la cuantía subvencionable en ningún caso puede superar los 20.000,00 euros, por entidad beneficiaria y el gasto mínimo subvencionable será de 3.000,00 euros.
Fecha del registro: 28/03/2023
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