Ayudas para la iniciativa Fábrica inteligente y sostenible, orientada a proyectos de investigación industrial, desarrollo experimental e innovación.

Se trata de subvenciones destinadas a promover la realización de proyectos empresariales de I+D+i de carácter estratégico para el tejido industrial gallego, centrados en el desarrollo de tecnologías industriales clave para lograr un modelo productivo innovador.
Plazo de solicitud: 02/10/2023
Ámbito: Galicia
Entidad Convocante:
Beneficiarios: Empresas en general
Temas: I+D, INDUSTRIA
Necesidad de consorcio y número en su caso: No;Si
Tasa de cofinanciación: El presupuesto total de las ayudas es de 24.000.000,00 euros. El importe máximo de subvención será de 10.000.000 de euros por proyecto.
En cualquier caso, los proyectos deberán tener un presupuesto subvencionable mínimo de 2.000.000 de euros y máximo de 25.000.000 de euros. Dicha cantidad quedará distribuida de la siguiente manera:
a. Para grandes empresas: se destinará un total de 15.000.000 euros.
a. Año 2023: 200.000 euros.
b. Año 2024: 2.800.000 euros.
c. Año 2025: 8.000.000 euros.
d. Año 2026: 4.000.000 euros.
b. Para pymes: se destinará un total de 5.000.000 euros.
a. Año 2023: 100.000 euros.
b. Año 2024: 900.000 euros.
c. Año 2025: 3.000.000 euros.
d. Año 2026: 1.000.000 euros.
c. Para organismos de investigación privados: se destinará un total de 2.000.000 euros.
a. Año 2023: 50.000 euros.
b. Año 2024: 700.000 euros.
c. Año 2025: 1.000.000 euros.
d. Año 2026: 250.000 euros.
d. Para el Sistema universitario de Galicia: se destinará un total de 24.000.000 euros.
a. Año 2023: 50.000 euros.
b. Año 2024: 700.000 euros.
c. Año 2025: 1.000.000 euros.
d. Año 2026: 250.000 euros.
La intensidad máxima de ayuda se determinará de la siguiente manera:
a. Proyectos individuales:
• Investigación industrial:
i. Pequeña empresa: 60%
ii. Mediana empresa: 60%
iii. Gran empresa: 50%
• Desarrollo experimental:
i. Pequeña empresa: 45%
ii. Mediana empresa: 35%
iii. Gran empresa: 25%
• Innovación organizativa o en materia de proceso:
i. Pequeña empresa: 50%
ii. Mediana empresa: 50%
b. Proyectos en cooperación:
• Investigación industrial con colaboración efectiva entre empresa/s y uno o varios organismos de investigación y difusión de conocimientos:
i. Pequeña empresa: 60%
ii. Mediana empresa: 60%
iii. Gran empresa: 60%
• Investigación industrial con colaboración efectiva entre empresas, al menos una de las cuales debe ser pyme:
i. Pequeña empresa: 60%
ii. Mediana empresa: 60%
iii. Gran empresa: 60%
• Desarrollo experimental con colaboración efectiva entre empresa/s y uno o varios organismos de investigación y difusión de conocimientos:
i. Pequeña empresa: 60%
ii. Mediana empresa: 50%
iii. Gran empresa: 40%
• Desarrollo experimental con colaboración efectiva entre empresas, al menos una de las cuales debe ser pyme:
i. Pequeña empresa: 60%
ii. Mediana empresa: 50%
iii. Gran empresa: 40%
• Innovación organizativa o en materia de procesos:
i. Pequeña empresa: 50%
ii. Mediana empresa: 50%
iii. Gran empresa: 15%
En base a la línea de actuación llevada a cabo, la cuantía monetaria destinada es la que se indica a continuación:
a. Actividades de investigación e innovación en pymes, incluida la creación de redes: 3.600.000 euros.
b. Actividades de investigación e innovación en grandes empresas, incluida la creación de redes: 13.500.000 euros.
c. Transferencia de tecnología y cooperación entre empresas, centros de investigación y el sector de la enseñanza superior: 6.900.000 euros.
En el caso de proyectos de cooperación:
• Las pymes que formen parte de la agrupación deberán asumir, en su conjunto, un mínimo del 5 % del total de los costes subvencionables.
• El presupuesto global del organismo u organismos de investigación y de difusión de conocimientos no podrá ser inferior al 10 % del coste total subvencionable del proyecto.
• Las grandes empresas solo podrán acceder a las ayudas para proyectos de innovación organizativa si colaboran con una o varias pymes, y asumen, como mínimo, el 30% de los costes subvencionables.
En lo que respecta a los gatos objeto de financiación:
• El coste de personal propio podrá ser, como máximo, el 60 % del coste subvencionable total del proyecto o, en el caso de proyectos en cooperación, del presupuesto de cada entidad.
• Los beneficiarios de las ayudas reguladas en esta resolución podrán subcontratar, como máximo, hasta el 65 % del importe de la actividad subvencionada.
• El coste derivado del informe del auditor no podrá superar los 1.500 euros por beneficiario y por anualidad.
• El coste derivado del informe de valoración del cumplimiento del principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente tendrá un límite de 2.000 euros por proyecto.
• El coste derivado de la contratación externa de la ejecución del plan de comunicación y difusión tendrá un límite de un 2 % del coste subvencionable, y un límite máximo de 30.000 euros por beneficiario en el total del proyecto.
Fecha del registro: 05/07/2023
Copyright © 2022 Auren
Síguenos en