Ayudas para proyectos innovadores de almacenamiento mediante bombeo reversible.

Se trata de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a proyectos innovadores de almacenamiento energético, mediante bombeo reversible (centrales hidroeléctricas reversibles), en el marco de la componente 8 "Infraestructuras eléctricas, promoción de redes inteligentes y despliegue de la flexibilidad y el almacenamiento", del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y, en particular, a su Inversión 1: "Despliegue del almacenamiento energético", del PRTR.
Los proyectos deberán contribuir a la transición energética, específicamente para proporcionar una nueva flexibilidad al sector de la energía, incluida la integración de las fuentes de energía renovables.
Plazo de solicitud: 20/10/2023 a las 14:00 horas
Ámbito: ESPAÑA
Entidad Convocante:
Beneficiarios: Centros tecnológicos y universidades, Empresas en general
Temas: EFICIENCIA ENERGÉTICA, MAQUINARIA Y EQUIPAMIENTO, SOSTENIBILIDAD
Necesidad de consorcio y número en su caso: No;Sí
Tasa de cofinanciación: El presupuesto de las ayudas es de 100.000.000,00 euros.
La ayuda máxima para conceder en la convocatoria, por proyecto y entidad beneficiaria, será de 50.000.000,00 euros.
Esta intensidad de ayuda máxima será del 40% de los costes subvencionables y podrá aumentarse un 10%, en el caso de las medianas empresas, y un 20%, en el caso de las pequeñas empresas. Adicionalmente, los proyectos situados en territorios insulares podrán recibir una intensidad de ayuda aumentada un 5% sobre los porcentajes indicados.
Para las Universidades o Centros de Investigación o Tecnológicos sin ánimo de lucro, en tanto entidades no empresariales podrá subvencionarse hasta el 100% de sus gastos subvencionables.
El coste subvencionable máximo de los estudios geotécnicos, incluyendo las campañas, será de 1.000.000 euros.
Los costes de obra civil estarán limitados al menor valor entre el 40% de los costes subvencionables totales o 50 millones de euros.
Sólo serán elegibles los costes de gestión de la solicitud que no superen el 7 % del importe de los costes elegibles totales, con un límite máximo de 20.000€ por expediente.
Fecha del registro: 27/07/2023
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