Implantación de Zonas de Bajas Emisiones y la adaptación al cambio climático para entidades locales y municipios.

Se trata de subvenciones destinadas a la implantación de Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) y la adaptación al cambio climático dirigidas a entidades locales y municipios ubicados en el territorio de la Comunidad de Madrid.
Estas ayudas tienen por finalidad mejorar la calidad del aire, así como reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y apoyar la adaptación al cambio climático en el espacio urbano y periurbano de los municipios de la región, potenciando las sinergias entre las estrategias de adaptación y mitigación en la lucha frente al cambio climático.
Existirán dos líneas de actuación:
1. Primera línea: el diseño y la implantación de Zonas de Bajas Emisiones en municipios de la Comunidad de Madrid con una población comprendida entre 50.000 y 250.000 habitantes.
2. Segunda línea: actuaciones piloto de carácter innovador para la adaptación al cambio climático de espacios urbanos y periurbanos en municipios y entidades locales de la Comunidad de Madrid con una población inferior a 100.000 habitantes.
Plazo de solicitud: Pendiente de convocatoria
Ámbito: Madrid
Entidad Convocante:
Beneficiarios: Administracion local
Temas: INVERSION INFRAESTRUCTURAS, SOSTENIBILIDAD
Necesidad de consorcio y número en su caso: No;
Tasa de cofinanciación: El presupuesto de las ayudas es de: Pendiente de convocatoria.
La subvención a otorgar a cada entidad local cubrirá hasta el 90 % del total de los gastos subvencionables asumidos por la entidad solicitante, con los siguientes importes máximos:
a) Para la primera línea de subvención, relativa al diseño e implantación de Zonas de Bajas Emisiones:
i) Los municipios con una población comprendida entre 50.000 y 100.000 habitantes podrán obtener subvención por los siguientes importes:
- Un importe máximo de 50.000 euros para la subvención de los gastos correspondientes al diseño de la ZBE.
- Un importe máximo de 200.000 euros para la subvención de los gastos correspondientes a la implantación de las Zona de Bajas Emisiones.
- Un importe máximo de 10.000 euros para la subvención de los gastos correspondientes a la publicidad, comunicación y divulgación de la Zona de Bajas Emisiones. El importe relativo a los gastos de publicidad y divulgación no podrá ser superior al 10 % de los gastos de ejecución de la Zona de Bajas Emisiones.
En todo caso, el importe máximo de la subvención a otorgar a cada municipio para las actuaciones de esta línea será de 200.000 euros.
ii) Los municipios con una población comprendida entre 100.000 y 250.000 habitantes podrán obtener subvención por los siguientes importes:
- Un importe máximo de 70.000 euros para la subvención de los gastos correspondientes al diseño de la ZBE.
- Un importe máximo de 300.000 euros para la subvención de los gastos correspondientes a la implantación de las Zona de Bajas Emisiones.
- Un importe máximo de 10.000 euros para la subvención de los gastos correspondientes a la publicidad, comunicación y divulgación de la Zona de Bajas Emisiones. El importe relativo a los gastos de publicidad y divulgación no podrá ser superior al 10 % de los gastos de ejecución de la Zona de Bajas Emisiones.
En todo caso, el importe máximo de la subvención a otorgar a cada municipio para las actuaciones de esta línea será de 300.000 euros.
b) Para la segunda línea de subvención, relativa al diseño y ejecución de actuaciones piloto de carácter innovador para la adaptación al cambio climático de espacios urbanos y periurbanos:
- Un importe máximo de 30.000 euros para la subvención de los gastos correspondientes al diseño de las actuaciones objeto de subvención.
- Un importe máximo de 120.000 euros para la subvención de los gastos correspondientes a la ejecución de las actuaciones objeto de subvención.
- Un importe máximo de 10.000 euros para la subvención de los gastos correspondientes a la publicidad, comunicación y divulgación de las actuaciones objeto de subvención. El importe relativo a los gastos de publicidad, comunicación y divulgación no podrá ser superior al 10 % de los gastos de ejecución de la actuación por la que se solicita subvención.
En todo caso, el importe máximo de la subvención a otorgar a cada municipio para las actuaciones de esta línea será de 120.000 euros.
Fecha del registro: 13/02/2023
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