Línea de subvenciones de apoyo a proyectos de reindustrialización en Cataluña.

El objeto es regular las condiciones para la concesión de subvenciones de apoyo a proyectos de reindustrialización en Cataluña, mediante las líneas siguientes:
a) Subvenciones a proyectos de reindustrialización que contribuyan a volver a poner en marcha o continuar la actividad de centros productivos objeto de un cierre o deslocalización. Por proyecto de reindustrialización se entiende aquel que actúa sobre el cierre de un establecimiento industrial o de servicios a la producción que afecte, con carácter general, a un mínimo de 100 puestos de trabajo directos o indirectos de la actividad. Tendrá que haber un acuerdo para la reindustrialización firmado en el marco del procedimiento del periodo de consultas del expediente de regulación de ocupación (o previamente si fuese el caso), que haya prevista una mesa de reindustrialización entre las partes implicadas y en la que preferentemente se haya contratado una empresa especializada llevando a cabo la centralización de la búsqueda de alternativas industriales, o que exista una figura que realice estas funciones y esté reconocida por todos los integrantes de la mesa. Esta cifra se podrá ajustar siempre que las características específicas del proyecto y el impacto sobre el territorio que tenga el cierre así lo justifiquen.
b) Subvenciones a proyectos de adquisición de empresas industriales o de servicios a la producción en situación de dificultad que o bien estén en situación concursal y/o hayan comunicado esta circunstancia al Departamento de Empresa y Trabajo con anterioridad a la finalización del período de presentación de solicitudes de esta ayuda.
Plazo de solicitud: 17/09/2025
Ámbito: CATALUÑA
Entidad Convocante:
Beneficiarios: Autonomos, Empresas en general
Temas: INDUSTRIA, INVERSION INFRAESTRUCTURAS
Necesidad de consorcio y número en su caso: No;
Tasa de cofinanciación: El importe máximo de la ayuda será de 5.000.000,00 euros por proyecto.
El gasto mínimo, realizado y correctamente justificado, de la actividad objeto de la ayuda exigible para poder considerar cumplido el objeto y la finalidad de la ayuda es de un 50% del gasto considerado subvencionable en activos fijos y costes laborales.
El importe de la subvención se calculará de la manera siguiente:
a) Para los activos fijos, hasta el 20% del valor de los activos;
b) Para los costes laborales, hasta el 50% de los costes laborales brutos empresa de los primeros 6 meses des de la fecha de contratación. El número máximo de puestos de trabajo que se podrán subvencionar por proyecto será de 50 puestos de trabajo.
Fecha del registro: 28/12/2022
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