Planes integrales que impulsen la competitividad industrial sostenible.

Se trata de subvenciones destinadas a apoyar planes integrales que impulsen la competitividad industrial sostenible, desarrollados por asociaciones empresariales vinculadas a los siguientes sectores de la Comunitat Valenciana: agroalimentario, automoción, biotecnología, cerámica, vidrio y materiales de construcción no metálicos, cuero y calzado, energía, envases y embalajes, papel y artes gráficas, sector espacial y aeronaútico, juguete y productos infantiles, madera, mueble e iluminación, mármol, piedra natural y áridos, metal-mecánico, plástico, industrias creativas y culturales, industria química, textil, logística y valorización de materiales.
Plazo de solicitud: 03/04/2023
Ámbito: C. VALENCIANA
Entidad Convocante:
Beneficiarios: Empresas en general
Temas: COMERCIO, INDUSTRIA, INVERSION INFRAESTRUCTURAS, SOSTENIBILIDAD, TRANSFORMACIÓN DIGITAL, TRANSPORTE
Necesidad de consorcio y número en su caso: No; Si;
Tasa de cofinanciación: El presupuesto de las ayudas es de 2.100.000,00 euros.
Se establece la siguiente distribución por sectores del importe global máximo de:
- Agroalimentario y logística: 140.000 €
- Automoción: 140.000 €
- Biotecnología, industrias creativas y culturales: 140.000 €
- Cerámica, vidrio y materiales de construcción no metálicos: 140.000 €
- Cuero y calzado: 140.000 €
- Energía: 140.000 €
- Envases y embalajes, papel y artes gráficas: 140.000 €
- Espacial y de la aeronáutica: 140.000 €
- Juguete y productos infantiles: 140.000 €
- Madera, muebles y aparatos de iluminación: 140.000 €
- Mármol, piedra natural y áridos: 140.000 €
- Metal-mecánico: 140.000 €
- Plástico y valorización de materiales: 140.000 €
- Químico: 140.000 €
- Textil: 140.000 €
El presupuesto mínimo subvencionable del plan de actuación será de 10.000 euros, sin contar el IVA.
A fin de promover la progresiva autofinanciación de las actuaciones desarrolladas por el tejido asociativo industrial, la ayuda consistirá en una subvención del siguiente porcentaje de los gastos que sean considerados como subvencionables, con un importe máximo por entidad de 150.000 euros:
– 90 % de los costes subvencionables, en el caso de actuaciones novedosas que no sean iguales o similares a las que ya se hayan apoyado a la misma entidad en convocatorias de ayudas anteriores gestionadas por la Dirección General de Industria, Energía y Minas.
– 80 % de los costes subvencionables, en el caso de actuaciones iguales o similares a las ya subvencionadas a la misma entidad en convocatorias de ayudas anteriores gestionadas por la Dirección General de Industria, Energía y Minas.
Fecha del registro: 28/02/2023
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