Programa de ayudas a inversiones para la demostración y validación de tecnologías energéticas renovables marinas emergentes

Se trata de subvenciones destinadas a contribuir, mediante el necesario impulso público, a aumentar la eficiencia en el consumo de energía y, con ello, a la consecución de un sistema energético más competitivo, sostenible y seguro, al disminuir el impacto ambiental, requerir menos energía para el consumo o la producción y reducir la dependencia de recursos energéticos externos. La finalidad es la de apoyar
actuaciones de demostración y validación de desarrollos tecnológicos, en el ámbito de las energías renovables marinas.
Plazo de solicitud: 29/09/2023
Ámbito: País Vasco
Entidad Convocante:
Beneficiarios: Empresas en general, Empresas y entidades del sector público
Temas: EFICIENCIA ENERGÉTICA, INVERSION INFRAESTRUCTURAS, SOSTENIBILIDAD
Necesidad de consorcio y número en su caso: No;Si
Tasa de cofinanciación: El presupuesto es de 2.500.000,00 euros. Las actuaciones tendrán como límite del coste subvencionable la cantidad de 600.000 euros. No se considerará proyectos objeto de subvención aquellos cuyo coste subvencionable esté por debajo de 125.000 euros. El porcentaje de ayuda establecido para las actuaciones descritas será un 25% del coste subvencionable. La intensidad de ayuda podrá aumentarse hasta un máximo del 70% de los costes subvencionables, de conformidad conas letras a) a d) siguientes, sin que puedan combinarse las letras b), c) y d) entre sí:
a) En 10 puntos porcentuales en el caso de las medianas empresas y en 20 puntos porcentuales en el caso de las pequeñas empresas;
b) Se añadirá una bonificación adicional de 15 puntos porcentuales si se cumple alguna de las siguientes condiciones:
i) que el proyecto implique una colaboración efectiva:
– entre empresas, al menos de las cuales una sea una PYME, o se desarrolle en al menos dos Estados miembros, o en un Estado miembro y en una Parte Contratante en el Acuerdo EEE, y que ninguna empresa corra por sí sola con más del 70 % de los costes subvencionables, o
– entre una empresa y uno o varios organismos de investigación y difusión de conocimientos, asumiendo estos como mínimo el 10 % de los costes subvencionables y teniendo derecho a publicar los resultados de su propia investigación;
ii) que los resultados del proyecto se difundan ampliamente por medio de conferencias, publicaciones, bases de libre acceso o programas informáticos gratuitos o de fuente abierta,
iii) que el beneficiario se comprometa a poner a disposición, a su debido tiempo, licencias para los resultados de investigación de proyectos de Investigación y Desarrollo subvencionados protegidos por derechos de propiedad intelectual, a precios de mercado y de forma no exclusiva y no discriminatoria para su uso por las partes interesadas en el EEE.
c) En 5 puntos porcentuales si el proyecto de Investigación y Desarrollo se lleva a cabo en una región asistida;
d) En 25 puntos porcentuales si el proyecto de Investigación y Desarrollo:
i) ha sido seleccionado por un Estado miembro a raíz de una convocatoria pública para formar parte de un proyecto conjunto diseñado al menos por tres Estados miembros o Partes Contratantes en el Acuerdo EEE; e
ii) implica una colaboración efectiva entre empresas en al menos dos Estados miembros o Partes Contratantes en el Acuerdo EEE cuando el beneficiario sea una PYME, o al menos en tres Estados miembros o Partes Contratantes en el Acuerdo EEE cuando el beneficiario sea una gran empresa; y
iii) si se cumple al menos una de las dos condiciones siguientes:
– que los resultados del proyecto de Investigación y Desarrollo se difundan ampliamente en al menos tres Estados miembros o Partes Contratantes en el Acuerdo EEE por medio de conferencias, publicaciones, bases de libre acceso o programas informáticos gratuitos o de fuente abierta, o
– que el beneficiario se comprometa a poner a disposición, a su debido tiempo, licencias para los resultados de investigación de proyectos de Investigación y Desarrollo subvencionados protegidos por derechos de propiedad intelectual, a precios de mercado y de forma no exclusiva y no discriminatoria para su uso por las partes interesadas en el EEE.
Para los gastos de personal del consorcio derivados de la actividad de coordinación del proyecto, se establece como límite el 10 % del coste subvencionable de la actuación objeto de subvención y con un límite máximo de 100.000 euros.
Fecha del registro: 16/08/2023
Copyright © 2022 Auren
Síguenos en