Programa de modernización del comercio Fondo Tecnológico para la Comunidad Autónoma de Euskadi 2023

Las ayudas para la modernización del comercio Fondo Tecnológico tienen como objetivo la incorporación de nuevas tecnologías que permitan a las PYMEs del comercio local de forma individual o mediante las asociaciones del sector, dar respuesta a los nuevos hábitos de consumo y que impacten en la transformación digital y sostenibilidad del propio establecimiento y en el modelo de negocio, haciendo a las empresas más competitivas y resilientes.
Los proyectos promoverán, mediante la digitalización, el desarrollo de infraestructuras digitales y de datos, agrupaciones y centros de innovación digital y la puesta en marcha de soluciones digitales abiertas. Los proyectos presentables habrán de cumplir con el principio de «no causar un perjuicio significativo» a objetivos medioambientales.
Se establecen dos líneas de ayudas:
a) Línea destinada a microempresas, pequeñas y medianas empresas del sector comercial (PYMEs).
b) Línea destinada a las asociaciones, así como las entidades asociativas que integren varias asociaciones de comerciantes o las federaciones y confederaciones legalmente constituidas, sin ánimo de lucro (asociaciones).
Estas ayudas están enmarcadas en el Componente 13 Inversión 4 del PRTR.
Plazo de solicitud: Pendiente de convocatoria
Ámbito: País Vasco
Entidad Convocante:
Beneficiarios: Autónomos, Microempresas, Pyme
Temas: INVERSION INFRAESTRUCTURAS, MAQUINARIA Y EQUIPAMIENTO, SOSTENIBILIDAD, TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Necesidad de consorcio y número en su caso: No;
Tasa de cofinanciación: La cuantía máxima destinada a financiar esta convocatoria es de 2.075.884 euros con el siguiente desglose:
a) Línea de ayudas destinada a PYMEs del sector comercial: 1.660.707,20 euros.
b) Línea de ayudas destinada a las asociaciones: 415.176,80 euros.
La inversión mínima correspondiente a los proyectos subvencionables deberá alcanzar, excluido todo tipo de impuestos, las siguientes cuantías:
a) Para las PYMEs, la inversión mínima será de 1.500 euros (IVA excluido).
b) Para las asociaciones o uniones de asociaciones, la inversión mínima será de 50.000 euros (IVA excluido).
El importe máximo de la subvención total podrá llegar a cubrir hasta el 100 por ciento de los gastos subvencionables.
La subvención concedida por entidad solicitante, no podrá superar la cantidad máxima de 50.000 euros, en caso de las PYMEs y 100.000 euros, en caso de las asociaciones.
Fecha del registro: 29/03/2023
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