Programa MOVES III: Programa de incentivos ligados a la movilidad eléctrica

Se trata de subvenciones dirigidas a dos programas de incentivos a la movilidad eléctrica:
Programa de incentivos 1. Fomento de la adquisición de vehículos eléctricos.
Programa de incentivos 2. Apoyo al despliegue de la infraestructura de recarga.
Plazo de solicitud: 31/07/2024
Ámbito: Asturias
Entidad Convocante:
Beneficiarios: Administracion local, Asociaciones sin ánimo de lucro, Autónomos, Empresas en general, Empresas y entidades del sector público
Temas: EFICIENCIA ENERGÉTICA, MAQUINARIA Y EQUIPAMIENTO, SOSTENIBILIDAD
Necesidad de consorcio y número en su caso: No
Tasa de cofinanciación: El presupuesto total es de 8.588.130,00 euros. Se amplía el presupuesto en 9.750.000,00 euros más.

- Programa de Incentivos 1 - Fomento de la adquisición de vehículos eléctricos. El límite de ayuda para las personas físicas que desarrollan actividad económica será el establecido en el Reglamento minimis. Para las personas físicas mayores de edad será de un vehículo por destinatario último y convocatoria. Para los casos de adquisición de vehículos de categoría M1 por destinatarios últimos que sean personas físicas con discapacidad con movilidad reducida y vehículo adaptado o que se adapte para su conducción, siempre que la adaptación conste en la ficha técnica del vehículo adquirido se incrementará la cuantía de la ayuda en un 10 %. Este incremento también aplicará a la adquisición de vehículos de categoría N1 por parte de profesionales autónomos personas con discapacidad con movilidad reducida que adapten el vehículo para su conducción.
Asimismo, para aquellos habitantes de municipios de menos de 5.000 habitantes, que acrediten su empadronamiento y lo mantengan durante al menos dos años desde la fecha de registro de la solicitud, verán incrementada la ayuda en un 10 %.
Para las adquisiciones de vehículos M1 que se destinen al uso de taxi, siempre que el destinatario último de la ayuda tenga la condición de autónomo, tendrán una ayuda adicional del 10 % de la ayuda que le hubiera correspondido, siempre que se acredite que, en el permiso de circulación, en el campo D4 del vehículo adquirido, conste PUBL-Taxi (código A04). Igualmente, para aquellos vehículos M1 que se destinen a servicios de Vehículo de Transporte con Conductor (VTC) tendrán una ayuda adicional del 10% siempre que se acredite que, en el permiso de circulación, en el campo D4, conste «alquiler con conductor (ACC)»,y siempre que el destinatario último de la ayuda tenga la condición de autónomo.

- Programa de Incentivos 2 - Apoyo al despliegue de la infraestructura de recarga. El límite de ayuda será de ochocientos mil euros (800.000 €). La ayuda será del 70% del coste subvencionable. No obstante, podrán alcanzar el 80% del coste subvencionable aquellas actuaciones que justifiquen encontrarse en municipios de menos de 5.000 habitantes. En ningún caso a un mismo destinatario último podrá concedérsele más de dos millones y medio de euros (2,5 M €) en todo el periodo de vigencia de la correspondiente convocatoria autonómica. Para las personas jurídicas, cuando la infraestructura de recarga sea de uso privado o de acceso público, pero con potencia inferior a 50 kW, la ayuda a otorgar será de un 30 % de los costes subvencionables. Para estos casos, la ayuda podrá incrementarse en 10 puntos porcentuales en el caso de inversiones situadas en municipios de menos de 5.000 habitantes.
Fecha del registro: 15/01/2024
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