Proyectos de eficiencia energética y economía circular de empresas turísticas.

Este programa tiene por objeto contribuir al alcance de los objetivos medioambientales y energéticos establecidos en la normativa de la Unión Europea, mediante la realización de actuaciones de reforma de edificios existentes destinados a alojamiento turístico, que favorezcan la reducción del consumo de energía final y de las emisiones de dióxido de carbono, mediante el ahorro energético, la mejora de la eficiencia energética y el aprovechamiento de las energías renovables.
Estas ayudas están enmarcadas en el Componente 14, Inversión 2 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Plazo de solicitud: 31/12/2023
Ámbito: Castilla La Mancha
Entidad Convocante:
Beneficiarios: Empresas en general
Temas: ECONOMIA CIRCULAR, EFICIENCIA ENERGÉTICA, INVERSION INFRAESTRUCTURAS, SOSTENIBILIDAD, TRANSFORMACIÓN DIGITAL, TURISMO
Necesidad de consorcio y número en su caso: No
Tasa de cofinanciación: El presupuesto de las ayudas es de 7.957.164,48 euros, distribuido por anualidades de la siguiente forma:
- Año 2023: 6.200.000 euros
- Año 2024: 1.757.164,48 euros
La cuantía o intensidad de la ayuda no puede exceder, sobre los costes subvencionables, los porcentajes siguientes:
a) 30 %, cuando el solicitante tenga la consideración de gran empresa.
b) 40 %, cuando el solicitante tenga la consideración de mediana empresa.
c) 50 %, cuando el solicitante tenga la consideración de pequeña empresa.
Adicionalmente, la intensidad de ayuda se incrementará en 15 puntos porcentuales en el caso de las inversiones situadas en zonas asistidas (regiones en las que el nivel de vida sea anormalmente bajo o en las que exista una grave situación de subempleo); y en 5 puntos porcentuales en el caso de las situadas en zonas asistidas para ayudas destinadas a facilitar el desarrollo de determinadas actividades o de determinadas regiones económicas, de tal manera que la cuantía o intensidad de la ayuda no puede exceder, sobre los costes subvencionables, los porcentajes siguientes:
a) 45 %, cuando el solicitante tenga la consideración de gran empresa.
b) 55 %, cuando el solicitante tenga la consideración de mediana empresa.
c) 65 %, cuando el solicitante tenga la consideración de pequeña empresa
Fecha del registro: 14/04/2023
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