Proyectos de infraestructuras ambientales, sociales y digitales en municipios de zonas afectadas por la transición energética.

Las ayudas están destinadas a financiar el coste de ejecución de proyectos para la rehabilitación de infraestructuras públicas y bienes de titularidad pública, con el fin de reforzar el componente medioambiental, social y digital de los mismos, en municipios inmersos en procesos de transición energética afectados por el cierre de explotaciones de minería, centrales térmicas de carbón y centrales nucleares.
Estas ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva.
Estas ayudas se enmarcan en el Componente 10, Inversión 1 del PRTR.
Plazo de solicitud: Pendiente de convocatoria
Ámbito: ESPAÑA
Entidad Convocante:
Beneficiarios: Administracion local
Temas: INVERSION INFRAESTRUCTURAS, SOCIAL, SOSTENIBILIDAD, TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Necesidad de consorcio y número en su caso: No;Sí
Tasa de cofinanciación: El presupuesto total de las ayudas es de 25.000.000,00 euros, de acuerdo con la siguiente distribución de importes máximos estimados por anualidades:
- 2024: 10.500.000,00 euros
- 2025: 8.500.000,00 euros
- 2026: 6.000.000,00 euros
Los fondos presupuestarios se asignarán a los proyectos presentados según la siguiente distribución, para cada uno de los siguientes bloques de proyectos:
1. Solicitudes de entre 100.000,00 y 1.000.000,00 euros: 5.000.000,00 euros.
2. Solicitudes de entre 1.000.000,01 y 4.000.000,00 euros: 20.000.000,00 euros.
El presupuesto mínimo estimado por solicitud deberá ser de 100.000 euros.
Para ayuntamientos de municipios cuyo último presupuesto sea inferior a cuatro millones de euros, el importe máximo subvencionable para el conjunto de proyectos solicitados individualmente será el equivalente al de su último presupuesto municipal.
Para ayuntamientos cuyo último presupuesto municipal sea superior a cuatro millones de euros, el importe máximo subvencionable para el conjunto de proyectos solicitados individualmente será de cuatro millones de euros.
En las solicitudes presentadas de forma conjunta, el límite máximo subvencionable para la totalidad de solicitudes conjuntas presentadas por una entidad será el resultante de la suma de los importes correspondientes al 50% de los presupuestos municipales de cada uno de los municipios de la agrupación, mancomunidad, comarca, consorcio o diputación siempre que dicho límite no sea superior a cuatro millones de euros. Cuando la suma anterior exceda de cuatro millones de euros, este importe será el límite máximo subvencionable.
Fecha del registro: 27/12/2023
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