Subvenciones a programas experienciales de empleo y formación.

Se trata de subvenciones destinadas al desarrollo de proyectos de programas experienciales de empleo y formación, así como de las Unidades de Promoción y Desarrollo, que colaboren en su preparación, acompañamiento y evaluación, en el ámbito exclusivo de gestión del Servicio Público de Empleo Estatal de proyectos en colaboración con órganos y organismos de la Administración General del Estado.
Entre los citados proyectos de programas experienciales podrán desarrollarse, además de los proyectos de carácter general, proyectos específicos para personas desempleadas menores de 30 años, así como proyectos específicos para personas emprendedoras cuyo objetivo sea el desarrollo de un proyecto empresarial que favorezca el autoempleo de las personas participantes o la constitución de una cooperativa, sociedad laboral, sociedad agraria de transformación o empresa de inserción.
Todos los proyectos que se pretenden subvencionar se configuran como programas mixtos de formación y empleo que tienen por finalidad mejorar las posibilidades de inserción de las personas desempleadas que participen en ellos mediante su cualificación en alternancia con la práctica profesional, y en cuya preparación, acompañamiento y evaluación colaboran las Unidades de Promoción y Desarrollo.
La concesión de las subvenciones se realiza en régimen de concurrencia competitiva, con excepción de las becas de las alumnas y alumnos durante la etapa inicial formativa de los proyectos específicos dirigidos a personas desempleadas menores de 30 años, a las que resulta de aplicación el régimen de concesión directa.
Plazo de solicitud: 22/09/2024
Ámbito: ESPAÑA
Entidad Convocante:
Beneficiarios: Empresas y entidades del sector público
Temas: EMPLEO, SOCIAL, TALENTO Y FORMACION
Necesidad de consorcio y número en su caso: No
Tasa de cofinanciación: El presupuesto de las ayudas es de 13.670.714,40 euros.

CUANTÍAS DE AYUDA
Para proyectos de programas experienciales de empleo y formación:
a) Costes salariales del personal formador, directivo y de apoyo (módulo A).
Una vez aplicado el incremento del 2 por ciento a que se refiere el artículo 5.1 de la Orden TES/1077/2023, de 28 de septiembre, la cuantía del citado módulo A para esta convocatoria será de 3,99 euros por hora y alumno o alumna, teniendo en cuenta una relación de una persona formadora a jornada completa para cada 10 alumnos o alumnas trabajadoras
b) Otros gastos de formación y funcionamiento (módulo B).
Una vez aplicado el incremento del 2 por ciento a que se refiere el artículo 5.1 de la Orden TES/1077/2023, de 28 de septiembre, la cuantía del citado módulo B para esta convocatoria será de 1,12 € por hora y alumno o alumna, y de 2,21 € durante la primera etapa formativa en los programas específicos dirigidos a personas desempleadas menores de 30 años
c) Costes salariales correspondientes a los contratos de formación en alternancia suscritos con las alumnas y alumnos trabajadores, por una cuantía equivalente al Salario Mínimo Interprofesional vigente a fecha de esta convocatoria para el año 2024, sin que quepa solicitud de incremento salarial en caso de que el proyecto finalice en el año siguiente al de su inicio, incluida la parte proporcional de las dos pagas extraordinarias.
Para las entidades promotoras de las Unidades de Promoción y Desarrollo:
a) Los costes salariales derivados de los contratos que se suscriban con el personal directivo, técnico y de apoyo de tales unidades. Para esta convocatoria, una vez aplicado el incremento del 2 por ciento a que se refiere el artículo 5.1 de la Orden TES/1077/2023, de 28 de septiembre, las cuantías de las subvenciones destinadas a compensar tales costes serán, por contrato y año, las siguientes:
a. Para la directora o director: 40.698 euros.
b. Para el personal técnico: 33.915 euros.
c. Para el personal de apoyo: 27.132 euros.
b) Otros gastos derivados del funcionamiento de las Unidades de Promoción y Desarrollo hasta una cuantía máxima equivalente al 25 por ciento del importe subvencionado por los costes de personal.

Para las becas para alumnas y alumnos participantes: Durante la etapa inicial formativa de los proyectos específicos dirigidos a personas desempleadas menores de 30 años, las alumnas y alumnos participantes tendrán derecho a la percepción de una beca de 9 euros por día de asistencia (10 euros para mujeres víctimas de violencia de género).
Fecha del registro: 09/09/2024
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