Subvenciones complementarias de incentivos regionales

Se trata de subvenciones complementarias de incentivos regionales a las empresas que realicen inversiones en la zona de promoción económica de Aragón para coadyuvar a la consecución de los fines previstos en el artículo 1.1 de la Ley 50/1985, de 27 de diciembre, de incentivos regionales, para la corrección de desequilibrios económicos interterritoriales.
Plazo de solicitud: En plazo
Ámbito: ARAGÓN
Entidad Convocante:
Beneficiarios: Empresas en general
Temas: EFICIENCIA ENERGÉTICA, INDUSTRIA, INVERSION INFRAESTRUCTURAS, SOSTENIBILIDAD
Necesidad de consorcio y número en su caso: No
Tasa de cofinanciación: El porcentaje de la subvención complementaria de incentivos regionales a conceder por la Comunidad Autónoma de Aragón será del 50% del porcentaje concedido en la correspondiente resolución de subvención de incentivos regionales en vigor. No obstante, en los proyectos de nueva empresa o nueva instalación de una empresa que, hasta ahora, no tuviera presencia en la Comunidad Autónoma, el porcentaje de la subvención complementaria será del 75% del porcentaje concedido en la correspondiente subvención de incentivos regionales en vigor.
Los porcentajes no podrán superar, en ningún caso, los siguientes máximos:
a) En la provincia de Teruel, del 20% para grandes empresas, del 30% para medianas empresas y del 40% para pequeñas empresas.
b) En las provincias de Huesca y Zaragoza (excluido el término municipal de Zaragoza), del 15% para grandes empresas, del 25% para medianas empresas y del 35% para pequeñas empresas.
Fecha del registro: 20/04/2023
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