Subvenciones destinadas a inversiones en sistemas de gestión de estiércoles en ganadería (Programa 1) y en transformación integral y modernización de invernaderos (Programa 2)

Se trata de subvenciones dirigidas a la realización de inversiones que impulsen la sostenibilidad y la competitividad de la agricultura y la ganadería a través de actuaciones de mejora en los sistemas de gestión de estiércoles en ganadería (Programa 1), así como la modernización y transformación integral de invernaderos de hortalizas, for cortada y planta ornamental (Programa 2).
La finalidad de estas subvenciones es mejorar la sostenibilidad, la competitividad y la resiliencia del sector agroalimentario desde el punto de vista económico, medioambiental y social, de las explotaciones ubicadas en la Comunidad Autónoma de Aragón. Se enmarca dentro del componente 3, Inversión 4 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Plazo de solicitud: 09/06/2023
Ámbito: Aragón
Entidad Convocante:
Beneficiarios: Autónomos, Empresas en general, Empresas y entidades del sector público, Pyme
Temas: INVERSION INFRAESTRUCTURAS, SOCIAL, SOSTENIBILIDAD
Necesidad de consorcio y número en su caso: No;Sí
Tasa de cofinanciación: PROGRMA 1:
El presupuesto de la siguiente subvención se divide en función del programa desarrollado, así:
a) El presupuesto total del Programa 1: apoyo a las inversiones en sistemas de gestión en estiércoles en ganadería será de 1.170.518,00 euros. El importe monetario quedará distribuido en las siguientes anualidades:
a. Año 2023: 585.259 euros.
b. Año 2024: 468.207,20 euros.
c. Año 2025: 117.051,80 euros.
La intensidad de las ayudas será de un 50% del coste subvencionable, excepto los titulares de explotaciones ganaderas. En cualquier caso, en función de la actuación realizada, la cuantía máxima de la ayuda se establece en:
a) La Línea de actuación 1 incluirá:
a. La cubrición de balsas sin aprovechamiento energético.
i. Para actuaciones realizadas por los personas físicas o jurídicas, de naturaleza público o privada se destinará una ayuda de 100.000 euros.
ii. Para actuaciones realizadas por inversiones colectivas, agrupaciones de personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada, y cualquier organización o asociación de productores reconocida por la autoridad competente, que integren, un mínimo de cinco titulares de explotación siempre que tengan la consideración de PYMES; así como consorcios u otra forma de colaboración público-privada y centros gestores de estiércoles de Aragón, tendrán una ayuda de 300.000 euros.
b. Cubrición de balsas con aprovechamiento energético en la propia granja.
i. Para actuaciones realizadas por las personas físicas o jurídicas, de naturaleza público o privada tendrán una ayuda de 300.000 euros.
ii. Para actuaciones realizadas por inversiones colectivas, agrupaciones de personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada, y cualquier organización o asociación de productores reconocida por la autoridad competente, que integren, un mínimo de cinco titulares de explotación siempre que tengan la consideración de PYMES; así como consorcios u otra forma de colaboración público-privada y centros gestores de estiércoles de Aragón, tendrán una ayuda de 900.000 euros.
b) Para la Línea de actuación 2:
a. Para actuaciones realizadas por las personas físicas o jurídicas, de naturaleza público o privada tendrán una ayuda de 300.000 euros.
b. Para actuaciones realizadas por inversiones colectivas, agrupaciones de personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada, y cualquier organización o asociación de productores reconocida por la autoridad competente, que integren, un mínimo de cinco titulares de explotación siempre que tengan la consideración de PYMES; así como consorcios u otra forma de colaboración público-privada y centros gestores de estiércoles de Aragón tendrán una ayuda de 900.000 euros (no podrá concederse en ningún caso una ayuda superior a 600.000 euros por empresa y por proyecto de inversión).
Los costes de diseño, redacción y dirección del proyecto no podrán superar el 4% del importe de la ayuda solicitada, con un límite de 10.000 euros por expediente.

PROGRAMA 2:
El presupuesto total del Programa 2 es de 200.000 euros.
La intensidad de las ayudas para cada una de las tipologías de inversión subvencionable será la siguiente:
a) Para las inversiones de tipo productivo: 40% del coste subvencionable.
b) Para las inversiones de tipo no productivo: 65% del coste subvencionable
La cuantía máxima de la ayuda se establece en:
a) Para actuaciones realizadas por personas físicas mayores de edad o jurídicas de naturaleza privada, incluidas las explotaciones de titularidad compartid): 3.000.000 de euros.
b) Para actuaciones realizadas por inversiones colectivas, personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada: 15.000.000 de euros.
Las inversiones subvencionables indicadas en el apartado “acciones” deberán cumplir los siguientes requisitos de inversión mínima:
a) Para la actuación 1 - Transformación integral: 160.000 euros/hectárea.
b) Para la actuación 2 - Modernización: 100.000 euros/hectárea.
Fecha del registro: 12/06/2023
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