Subvenciones destinadas a la realización de actuaciones en materia de comercio exterior en la Comunidad Autónoma de Aragón, realizadas por Pymes aragonesas

Los objetivos que persiguen las diferentes líneas de subvención son los siguientes:-Fomentar la actividad de asociaciones y la participación activa de los empresarios en los proyectos comunes de internacionalización de empresas con intereses comunes por ámbito sectorial, por estar ubicados en la misma cadena de valor, o por vinculación territorial.-Mejorar la financiación disponible para pymes a través de herramientas de ayuda a fondo perdido para la realización de gastos e inversiones que mejoren la competitividad de las PYMES internacionalizadas.-Impulsar la implantación de sistemas de gestión empresarial y de interacción con clientes y proveedores basados en la innovación, la calidad, la mejora continua y la excelencia.-Incrementar el espíritu emprendedor, la profesionalización y la adquisición de competencias por parte de los recursos humanos de las empresas exportadoras.-Fomentar la asistencia a ferias y certámenes profesionales de carácter internacional tanto dentro como fuera del territorio nacional a las empresas exportadoras.-Apoyar proyectos de trabajo en materia de internacionalización que sean reconocidos por su accesibilidad, proximidad, coordinación y colaboración institucional, especialización y profesionalidad.Existen 2 líneas de actuación contempladas y son:1.Apoyo a la competitividad de las PYMES aragonesas exportadoras y a los procesos de internacionalización de las PYMES.2.Apoyo a asociaciones empresariales y otras entidades intermedias para la realización de actividades de fomento de la exportación e internacionalización de la empresa aragonesa.
Plazo de solicitud: 16/09/2024
Ámbito: ARAGÓN
Entidad Convocante:
Beneficiarios: Administracion local, Pyme
Temas: INTERNACIONALIZACIÓN
Necesidad de consorcio y número en su caso: No
Tasa de cofinanciación: El presupuesto total de las ayudas es de 299.532,00 euros. Dentro del crédito disponible la cuantía máxima individualizada de la actividad subvencionable por beneficiario será de hasta el 80% de los gastos subvencionables, con un gasto máximo subvencionable de 25.000 euros por beneficiario. La beneficiaria de la subvención deberá aportar al menos un 20 % del coste total de la actuación subvencionada, que se acreditará con la aportación de los documentos de justificación de los correspondientes gastos subvencionados. Si perciben otras ayudas públicas, la suma de las mismas no puede suponer más del 80% del coste de la actividad subvencionada. La ayuda total de mínimis concedida al beneficiario no podrá ser superior a 200.000 euros.
Fecha del registro: 05/06/2024
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