Subvenciones para desarrollar y mejorar las capacidades de investigación e innovación del tejido empresarial a través del apoyo a las agrupaciones empresariales innovadoras (AAEEII) de la Comunidad de Castilla y León

Se trata de subvenciones destinadas a promover la ejecución de proyectos cooperativos innovadores realizados por las Agrupaciones Empresariales Innovadoras (AAEEII) que desarrollen y mejoren las capacidades de investigación e innovación del tejido empresarial de Castilla y León.
Plazo de solicitud: 29/02/2024
Ámbito: Castilla y León
Entidad Convocante:
Beneficiarios: Empresas en general
Temas: I+D, INVERSION INFRAESTRUCTURAS
Necesidad de consorcio y número en su caso: No;
Tasa de cofinanciación: Se establece para cada actuación las siguientes intensidades de subvención:
a) En las actuaciones de investigación industrial la subvención que podrá recibir cada beneficiario será del 50% de los costes subvencionables. Este porcentaje podrá aumentarse hasta alcanzar un máximo del 80% de los costes subvencionables como se indica a continuación:
1º. En 10 puntos porcentuales en el caso de las medianas empresas.
2º. En 20 puntos porcentuales en el caso de las pequeñas empresas.
3º. En 15 puntos porcentuales si se cumple alguna de las siguientes condiciones:
– Que el proyecto sea en cooperación tipo II o tipo III.
– Que los resultados del proyecto se difundan ampliamente por medio de conferencias, publicaciones, bases de libre acceso o programas informáticos gratuitos o de fuente abierta.
b) En las actuaciones de desarrollo experimental la subvención que podrá recibir cada beneficiario será del 25% de los costes subvencionables. Este porcentaje podrá aumentarse hasta alcanzar un máximo del 60% de los costes subvencionables como se indica a continuación:
1º. En 10 puntos porcentuales en el caso de las medianas empresas.
2º. En 20 puntos porcentuales en el caso de las pequeñas empresas.
3º. En 15 puntos porcentuales si se cumple alguna de las siguientes condiciones:
– Que el proyecto sea en cooperación tipo II o tipo III.
– Que los resultados del proyecto se difundan ampliamente por medio de conferencias, publicaciones, bases de libre acceso o programas informáticos gratuitos o de fuente abierta.
c) En las actuaciones de estudios de viabilidad la subvención que podrá recibir cada beneficiario será del 50% de los costes subvencionables. Este porcentaje podrá aumentarse en los siguientes casos:
1º. En 10 puntos porcentuales en el caso de las medianas empresas.
2º. En 20 puntos porcentuales en el caso de las pequeñas empresas.
d) En las actuaciones de innovación en materia de organización y de innovación en materia de procesos, la subvención que podrá recibir cada beneficiario será del 50% de los costes subvencionables para aquellas entidades que cumplan la definición de PYME de la base tercera y del 15% en el caso de las grandes empresas.
Fecha del registro: 02/12/2022
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