Subvenciones para el Programa Público Mixto de Empleo-Formación de Castilla y León.

Se trata de subvenciones destinadas a la financiación del Programa Público Mixto de Empleo-Formación, desarrollado a través de la modalidad de programas experienciales de empleo y formación, en el territorio de Castilla y León.
Estas ayudas tienen como finalidad la colaboración en la financiación para la puesta en marcha del Programa Público Mixto de Empleo-Formación en Castilla y León, para mejorar las posibilidades de inserción de las personas participantes en el mismo mediante su cualificación en alternancia con la práctica profesional, a través de iniciativas públicas mixtas de empleo-formación que respondan a las necesidades del mercado.
Preferentemente, serán ocupaciones relacionadas con la recuperación o promoción del patrimonio artístico, histórico, cultural o natural, la atención a personas en el ámbito sociosanitario, la rehabilitación de entornos urbanos o naturales, la eficiencia energética y las energías renovables, así como cualquier otra actividad de utilidad pública o de interés general y social que permita compatibilizar el aprendizaje formal y la práctica profesional en el puesto de trabajo.
Dentro de las citadas iniciativas públicas mixtas, los programas experienciales de empleo y formación se configuran como proyectos de carácter temporal dirigidos a mejorar las posibilidades de inserción de las personas desempleadas que participen en ellos, a través de su cualificación en alternancia con la práctica profesional.
Plazo de solicitud: Pendiente de convocatoria
Ámbito: CASTILLA Y LEÓN
Entidad Convocante:
Beneficiarios: Administracion local, Asociaciones Sin animo de lucro, Empresas y entidades del sector público
Temas: EMPLEO, TALENTO Y FORMACION
Necesidad de consorcio y número en su caso: No
Tasa de cofinanciación: El presupuesto de las ayudas es de PENDIENTE DE CONVOCATORIA.
La cuantía total de la subvención estará compuesta por la suma de los siguientes conceptos:
a) Subvención para gastos de formación y funcionamiento de la acción formativa.
La cuantía de la subvención para gastos de formación y funcionamiento se calculará en función del número de personas participantes, el total de horas de la acción formativa y el valor de los módulos económicos A y B fijados en la correspondiente convocatoria.
a. El módulo A compensará los costes salariales del personal formador, directivo y de apoyo, incluidos los originados por las cuotas a cargo del empleador a la Seguridad Social por todos los conceptos, incluido el desempleo, fondo de garantía salarial, formación profesional y el mecanismo de equidad intergeneracional.
b. El módulo B compensará los demás gastos de formación y funcionamiento, gastos de medios didácticos, material escolar y de consumo, y recursos de apoyo para garantizar la accesibilidad (física, a la información y comunicación, cognitiva…) a las personas participantes con discapacidad y otros gastos generales de funcionamiento que se consideren justificados.
En las convocatorias anuales se publicará el importe para los módulos A y B.
A efectos del cálculo de la cuantía de la subvención se considerarán horas formativas las correspondientes a la totalidad de la jornada del proyecto de empleo y formación, 900 horas para proyectos de 6 meses de duración, 1.350 horas para proyectos de 9 meses de duración y 1.800 horas para proyectos de 12 meses de duración.
b) Subvención para costes salariales y seguridad social de las personas participantes.
La cuantía de la subvención para costes salariales derivados de los contratos de formación en alternancia que se suscriban con las personas participantes en el programa experiencial de empleo y formación será la que se establezca en la convocatoria y podrá alcanzar hasta el 100% del importe del salario mínimo interprofesional vigente en el momento de la publicación de la convocatoria. A esa cuantía se añadirá el importe del 100% de las cuotas de la cotización a la seguridad social a cargo del empleador por todos los conceptos que establezca la normativa vigente en el momento de la publicación de la convocatoria.
La cuantía total de la subvención para costes salariales de las personas participantes se calculará en función de los meses de duración del contrato.
Fecha del registro: 20/08/2024
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