Subvenciones para la promoción de la música.

Son subvenciones destinadas a apoyar actividades de promoción de la música, de carácter profesional, en los ámbitos de la formación, la producción y los proyectos globales.
1.2 Esta línea de subvenciones tiene las siguientes modalidades:
a) Apoyo a la formación
Apoyo a la organización de actividades de formación dirigidas a profesionales del sector y de perfeccionamiento en forma de seminarios, jornadas, talleres y cursos. Quedarán excluidas las actividades organizadas por centros docentes, y las destinadas al público escolar y a la dinamización del público general.
b) Apoyo a la producción
Apoyo a la producción de un espectáculo musical de nueva creación, de alto interés cultural. Debe ser la presentación de una producción singular de gran formato o que integre una puesta en escena. Se acreditará el estreno de la producción, en el período subvencionable, con el compromiso formal del auditorio o espacio de exhibición correspondiente. c) Apoyo a proyectos globales
Apoyo a proyectos de promoción de la música que incluyan actividades relacionadas con los siguientes ámbitos: investigación, formación, publicaciones, producción (tal y como se define en el punto 1.2.b) y exhibición.
Para optar a esta modalidad, los solicitantes deberán presentar un proyecto que contenga, como mínimo, dos de los ámbitos mencionados en el párrafo anterior.
A efectos de esta modalidad se excluirá la edición comercial de proyectos discográficos en cualquier formato.
Plazo de solicitud: Pendiente de convocatoria
Ámbito: Cataluña
Entidad Convocante:
Beneficiarios: Asociaciones sin ánimo de lucro, Empresas en general
Temas: EMPLEO, SOCIAL, TALENTO Y FORMACION
Necesidad de consorcio y número en su caso: No;
Tasa de cofinanciación: La subvención otorgada no podrá ser superior al 40% del coste del proyecto. En el caso de la modalidad b) de la base 1.2 (apoyo a la producción), el importe máximo de la subvención no podrá superar los 20.000,00 euros.
Se inadmitirán las solicitudes de subvención de importe inferior a 2.500,00 euros. Asimismo, se denegarán las solicitudes que, una vez valoradas, solo puedan obtener un importe inferior a 2.500,00 euros.
Fecha del registro: 06/03/2023
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