Subvenciones públicas destinadas a la integración sociolaboral de personas trabajadoras en situación de exclusión social en empresas de inserción.

Se trata de ayudas para promover y facilitar la integración sociolaboral de personas en situación de exclusión social dentro de las empresas de inserción, mediante las ayudas a las entidades promotoras de empresas de inserción, y en las empresas ordinarias que contraten personal procedente de una empresa de inserción, cuya actividad en ambos casos se desarrolle en la Comunitat Valenciana.
Plazo de solicitud: 31/10/2024
Ámbito: C. VALENCIANA
Entidad Convocante:
Beneficiarios: Empresas en general
Temas: EMPLEO, SOCIAL
Necesidad de consorcio y número en su caso: No
Tasa de cofinanciación: Las ayudas convocadas se financiarán con por un importe global máximo de 200.000,00 euros.
a) Las ayudas para el programa destinadas a las entidades promotoras de las empresas de inserción, para financiar los costes salariales y de Seguridad Social derivadas de la contratación de personal técnico de apoyo sociolaboral que preste servicios en empresas de inserción, se financiarán por un importe global de 50.000,00 €.
b) Las ayudas para el programa destinadas a las empresas ordinarias que contraten a personal en exclusión social o en riesgo de padecerla, se financiarán por un importe global de 150.000,00 €.
Para el ejercicio 2024, las cuantías de ayudas correspondientes a las acciones subvencionables que constan en las bases reguladoras son:
- Para el programa de ayudas a las entidades promotoras de las empresas de inserción que contraten personal de apoyo sociolaboral que presten sus servicios en las empresas de inserción: hasta 3.500 euros anuales por cada persona trabajadora en situación de exclusión social contratada en el periodo entre el 1 de enero y 31 de diciembre de 2024. En ningún caso la ayuda podrá superar el 100% del coste salarial real del personal técnico de apoyo sociolaboral contratado por la entidad promotora para prestar servicios en la empresa de inserción.
- Para las empresas ordinarias que contraten personal en situación de exclusión social que hayan realizado su itinerario de inserción sociolaboral en una empresa de inserción calificada definitivamente conforme a la legislación vigente, las ayudas consistirán en una cuantía equivalente al 60% del salario mínimo interprofesional (en adelante SMI), incluida la parte proporcional de pagas extra, vigente en el ejercicio de inicio del periodo subvencionable, proporcional a los periodos contratados y a la jornada de las personas en situación de exclusión social, procedente de una empresa de inserción, a jornada completa.
En caso de contrataciones a tiempo parcial, se reducirá proporcionalmente la cuantía de la ayuda. En caso de contrataciones de carácter temporal, la cuantía será el equivalente al 60% del SMI incluida la parte proporcional de pagas extra, correspondiente a un año o seis meses, según la duración del contrato.
En caso de contrataciones de carácter indefinido, la cuantía será el equivalente al 60% del SMI incluida la parte proporcional de pagas extra, correspondiente al periodo obligatorio de mantenimiento de la contratación, es decir 2 años.
Fecha del registro: 19/07/2024
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